Marihuana:
Visión Histórica, Contradicciones y Tendencias.
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Imaginemos esta metáfora: Drogas legales e ilegales corren una carrera y avanzan en dos pelotones. En el primero corre el Alcohol, el Tabaco, y los Psicofármacos. Por detrás vienen la Marihuana, la Cocaína, el LSD, el Extasis, y otras drogas ilegales más.
Pero de repente la Marihuana acelera el paso, se separa del segundo pelotón y se ubica en el medio, sin poder alcanzar todavía las primeras pero separándose claramente de las segundas.
Así ocurre hoy con el status social y legal de la Marihuana. Aunque viene del grupo de las drogas prohibidas, avanza en algunos Estados hacia una mayor legitimización social y/o legal, sin llegar todavía a tenerse un consenso sobre donde debe estar.
Isaac Campos, historiador, escribió un libro de vital influencia al respecto, “Home Grown” (2010) “Cosecha Casera”, donde plantea el concepto de “Enigma Psicoactivo” para referir que las drogas no son prohibidas solo por cuestiones farmacológicas, sino también por variables psicológicas y sociales. Es decir que la manera en que una sociedad construye y califica la percepción de los consumidores de una droga, es clave para la legalidad o ilegalidad que ella adquiera en esa comunidad.
Para el caso, el alcohol y la nicotina deberían estar prohibidas, de guiarnos solo por su capacidad de daño a la salud física, psíquica y social. Pero su aceptación se explica por la manera en que se construyó socialmente la imagen pública del bebedor de alcohol y del fumador de tabaco. Por eso para entender lo que pasa con la marihuana es necesario reflexionar sobre su historia.
Desde que el cáñamo llegó a América vía Chile en 1545 su uso trascendió la esfera industrial, pues la fibra de la planta se utilizaba para la fabricación de telas, sogas, etc. Sin embargo su uso farmacológico y lúdico comenzó a registrarse en poblaciones marginales y desplazadas. En México la utilizaron curanderos, prostitutas, nativos, mestizos, y revolucionarios. Hay quienes dicen que su nombre nació porque las curanderas o prostitutas se hacían llamar “Marías”, o “Juanas”.
Para el siglo XVIII en México el uso ritual ya estaba integrado a la población nativa, y
a la mestiza o novohispana. Con el tiempo su utilización fue mirada como
un “vicio” de los sectores marginales de la sociedad. Se fue configurando
así en esa sociedad un rechazo estético
a la práctica de consumo de marihuana, similar al que el argentino medio de hoy tiene
hacia el Coya y su mascado de hojas de coca.
A mediados del 1800 fumar "Pango" en Brasil era multado con 5.000 Reales y dos días de detención. |
Si bien con los portugueses en el actual Brasil se comenzó también con
la producción de cáñamo para uso industrial, fueron los negros esclavos que a
partir del año 1549 trajeron la práctica del uso lúdico y religioso del cannabis a estas regiones. La manera de
transportar las semillas fue por demás curiosa: en pequeñas muñecas de trapo
cargaban las semillas y luego harían la siembra entre las distintas
plantaciones donde trabajarían. Aquellos negros llamaban a esta hierba Fumo
d´Angola.
Para el año 1888 aparecen en la sociedad más posicionada de Brasil el uso de la marihuana como agente farmacológico recetado para bronquitis crónica en los niños, el asma, catarros e insomnios. La forma en la cual se vendía era en cigarrillos “indios” de marca “Grimault”. Lo curioso es que la aceptación de esta marihuana en la alta sociedad brasilera ocurrió porque su recomendación venía desde París, siendo que desde hacía años la planta estaba en Brasil en manos de sectores populares.
La expresión MACONHA con la cual hoy se menciona a la Marihuana en Brasil es de origen angoleño según señalan algunos estudiosos. Sin embargo parece ser también un anagrama de la palabra CAÑAMO, o CANHAMO, ya que MACONHA Y CANHAMO son dos palabras que utilizan los mismo fonemas solo que cambiándolos de lugar.
Esto puede hacer referencia a cómo la marihuana y su uso recreativo y farmacológico en el sentido de que anestesiaba los sufrimientos propios del espanto de la esclavitud, era parte de una sub-cultura con sus propios códigos de postura y lenguaje.
Negros, prostitutas, nativos, curanderos, revolucionarios, fue la población americana ligada al consumo psicoactivo de los distintos tipos de marihuana que se consumía con objetivos de sanación, diversión, o búsqueda de olvido.
Por eso en américa la construcción social negativa del fumador de cannabis se basó en la mirada que el europeo y su descendencia tuvo sobre su uso en poblaciones marginadas y estigmatizadas. Es decir que su prohibición a partir del s.XIX en distintas ciudades latinoamericanas primero y en los EEUU después, respondió sobre todo a prejuicios étnicos y sociales y no a razones farmacológicas.
A partir de fines del s.XX el conocimiento sobre cómo funciona la marihuana en el cuerpo humano ganó objetividad y evidencia. La manipulación de la planta aumentó su potencial psicoactivo con el paso de los años, y con ello sus riesgos asociados, modificándose también la cultura y modalidades de uso.
Aunque su prohibición inicial surgió de prejuicios sociales, la posterior argumentación de su limitación ganó en fundamento farmacológico, ya que la actual marihuana posee una larga lista de consecuencias indeseadas que la vuelven riesgosa por sus efectos agudos o a largo plazo.
Por ser la sustancia ilegal más consumida, la más tolerada socialmente, por contar con algunos efectos terapéuticos ante ciertas patologías, y por ser de tan fácil producción casera, la tendencia muestra como poco a poco se está cambiando hacia una regulación de su uso en diferentes legislaciones. Es decir que de la total prohibición que la caracterizó en el s.XX, se va tendiendo a regular legalmente su uso en adultos. Aunque esto sigue estando en contradicción con tratados internacionales sobre las drogas.
Esto no ocurre porque antes la marihuana hacía mal, y ahora haría bien. Por el contrario, cada vez se produce cannabis con mayor concentración de THC (su componente químico psicoactivo mas importante), es decir que su capacidad de daño es cada vez mayor. Ha aparecido un tipo de marihuana sintética de consecuencias preocupantes en Europa y EEUU.
Las razones del cambio son varias. En primer lugar están las políticas. La prohibición total trajo como efecto un problema mayor que el propio uso de drogas: el narcotráfico. Que impactó con fuerza destructiva en Latinoamérica sobre todo a partir de los años 80.
Dicho impacto implicó distintas maneras en las cuales el poder del Narco avanzó primero Captando el Estado, y luego Cooptándolo para así, reconfigurarlo. Es decir que su influencia fue mas allá de la penetración a través de la corrupción administrativa, sino también mediante la incorporación de personeros del narcotráfico en puestos de cada vez mas alta responsabilidad de decisión política. Un proceso que fue poniendo cada vez mas en riesgo las instituciones y la democracia en esta región del mundo.
El argumento político se podría resumir en una frase del presidente de Uruguay (primer y único país que legalizó la marihuana) José Mujica: “No es que la marihuana sea buena, sino que el narcotráfico es peor”. La pregunta que queda es ¿Desaparecería el narcotráfico legalizando las actuales drogas ilícitas?.
Dicho impacto implicó distintas maneras en las cuales el poder del Narco avanzó primero Captando el Estado, y luego Cooptándolo para así, reconfigurarlo. Es decir que su influencia fue mas allá de la penetración a través de la corrupción administrativa, sino también mediante la incorporación de personeros del narcotráfico en puestos de cada vez mas alta responsabilidad de decisión política. Un proceso que fue poniendo cada vez mas en riesgo las instituciones y la democracia en esta región del mundo.
El argumento político se podría resumir en una frase del presidente de Uruguay (primer y único país que legalizó la marihuana) José Mujica: “No es que la marihuana sea buena, sino que el narcotráfico es peor”. La pregunta que queda es ¿Desaparecería el narcotráfico legalizando las actuales drogas ilícitas?.
Otra explicación del cambio que se vive es del orden social y se refiere al protagonismo que han tomado las minorías en el Estado de Derecho. Los llamados derechos de tercera generación que implican el respeto por los estilos de vida de grupos minoritarios está siendo reclamados por los "movimientos cannábicos" que se han organizado, y en algunos Estados se avanza hacia su reconocimiento.
La utilización terapéutica es otro justificativo de quienes proponen su regulación. Pero aunque la planta es utilizada como antiemético, para aumentar el apetito, el uso oftalmológico, y disminución del dolor, entre otros, existen mejores fármacos sin los daños asociados a la marihuana fumada, para conseguir esos o mejores resultados.
Por último está el interés económico. Hay importantes grupos económicos que buscan legalizar su uso, ya que esto implica la apertura de un mercado ansiado de explotar por el capitalismo y que se considera fenomenal.
En Argentina nos encontramos con un marco legal contradictorio en su aplicación. Por un lado el código penal en su ley 23.737 prohibe la tenencia de drogas ilegales, entre ellas la marihuana. Sin embargo la Corte Suprema de Justicia, en un caso particular, el "fallo Arriola" se posicionó en contra de la penalización de la tenencia para uso de drogas por considerarlo atentatorio contra el art.19 de la Constitución Nacional, referido a las libertades individuales.
Esta situación ya había ocurrido en el año 1986, en el llamado "fallo Bazterrica". Un integrante en aquel entonces de la banda de rock "Los Abuelos de la Nada", fue encontrado con drogas para tenencia personal, y al recurrir a la Corte Suprema, se determinó la inconstitucionalidad de penalización de ese tipo de tenencia.
Si bien el "fallo Arriola" fue adoptado por tribunales inferiores que llevan adelante causas similares, no implicó al día de hoy (2014) un cambio en la jurisprudencia sino solo un antecedente para un caso particular.
Esta situación ya había ocurrido en el año 1986, en el llamado "fallo Bazterrica". Un integrante en aquel entonces de la banda de rock "Los Abuelos de la Nada", fue encontrado con drogas para tenencia personal, y al recurrir a la Corte Suprema, se determinó la inconstitucionalidad de penalización de ese tipo de tenencia.
Si bien el "fallo Arriola" fue adoptado por tribunales inferiores que llevan adelante causas similares, no implicó al día de hoy (2014) un cambio en la jurisprudencia sino solo un antecedente para un caso particular.
Es decir que si bien hoy la policía puede intervenir ante cualquier tipo de tenencia de drogas, pues la ley federal no se modificó, la justicia seguramente no continuará con el proceso penal debido a que el llamado “Fallo Arriola (2009)” considera inconstitucional la sanción de tenencia para uso personal. Un cuadro claramente esquizofrénico.
En la mayoría de los países se resolvió esta contradicción avanzando hacia lo que se presume sería un mal menor, un tipo de jurisprudencia, (ver mi artículo sobre drogas y legislación), en donde el uso personal en adultos está tolerado, restringido a escenarios privados, resguardando a menores de edad, y limitado por umbrales de cantidad permitidas para tenencia (ya sean en plantas o sustancia), siempre y cuando se compruebe que no hay intención ni facilitación de comercialización ilegal.
Fuentes de Consulta
*Diario O Globo del 23/07/14 Pito do Pango na década de 30, maconha era vendida em herbanários do Rio
* Carlini E. A Historia da Maconha no Brasil. Revista de Literatura. Sao Pablo 23-12-06
*Gaceta
Parlamentaria, Cámara de Diputados, número 2495-VIII, martes 29 de abril de
2008. México. En línea en http://gaceta.diputados.gob.mx/Gaceta/60/2008/abr/20080429-VIII.html
* Garay Salamanca, L.J.; Salcedo-Albarán E. "Narcotráfico, Corrupción y Estados". Ed. Debate. Colombia 2012.
* Garay Salamanca, L.J.; Salcedo-Albarán E. "Narcotráfico, Corrupción y Estados". Ed. Debate. Colombia 2012.
*Goldberg M.B. y col. "Vida Cotidiana de los
Negros en Hispanoamérica". En línea en http://www.larramendi.es/i18n/consulta/registro.cmd?id=1159 24/8/14
* Diario online Infobae. La Despenalización de la Tenencia. 7 de Junio de 2012. Argentina.
* Marin Gutierrez, Isidro. "Introducción del Cannabis en América". Cannabis Magazine. Número 85. * Diario online Infobae. La Despenalización de la Tenencia. 7 de Junio de 2012. Argentina.
*Ortiz Oderigo N. "Diccionario de Africanismos en el Castellano del Río de la Plata". Ed. Eduntref. Buenos Aires. 2007
* Safar Santiago. El Fallo Arriola ¿Punto de Partida para la edificación de una Jurisprudencia Razonable en torno a la tenencia de Estupefacientes? UNLP.
* Mansilla JC. Beltrán N. Legislación y Consumo de Drogas. Aportes para la Discusión. 2014.
Lic. Juan Carlos Mansilla
Subsecretario Prevención de Adicciones.
Ministerio de Desarrollo Social (Gob. Córdoba)
Escuela de Salud Pública (UNC)
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